DELITOS ELECTORALES
Existen actividades y conductas catalogadas como delito electoral.
Identificar conductas que pueden constituir un delito electoral, es responsabilidad de todos.
Los delitos electorales son aquellas acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
¿Qué personas son susceptibles a la comisión de un delito electoral?
Funcionarios electorales y servidores públicos, candidatos, funcionarios partidistas, organizadores de campaña, ministros de culto religioso y simpatizantes de algún partido político.